Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila

EN BANC

G.R. No. L-2654             July 24, 1951

EUGENIO LIRIO, JR. y OTROS, recurrentes,
vs.
THE PHILIPPINE POWER and DEVELOPMENT CO., recurridos.

D. Jacobo Gonzales en representacion de los recurrentes.
D. Evaristo R. Sandoval en representacion de los recurridos.

PABLO, J.:

Tratase de una apelacion contra la decision de la Comisionde Servicio Publico de 26 de aogosto de 1948, autorizandoa la Philippine Power & Development Co. a poneren vigor las tarifas autorizadas provisionalmente en suorden del 6 de octubre de 1945, menos un 5 por ciento, con efectividad desde las cuentas de septiembre de 1948.

En 4 de octubre de 1945, la Philippine Power & Development Co. presento una peticion urgente pidiendo:(a) la reconstitucion del antiguo expediente No. 1683; y (b) la aprobacion de la nueva tarifa. La Comision deServicio Publico dicto su orden el 6 del mismo mes aprobandola tarifa provisional.

En la vista celebrada en 7 de noviembre de 1945, elabogado Sr. Evaristo Sandoval comparecio por la Philippine Power & Development Co.; el abogado Sr. Jacobo Gonzales por los municipios de Calamba Nagcarlan, Calauan, San Pablo, Los Baños, Bay, Rizal, Lilio, Majayjay, Magdalena, Sta. Cruz y Pila, de la provincia de Laguna; y el Fiscal Provincial por la provincia de Laguna.

En la vista celebrada en 23 de noviembre de 1947, elabogado Sr. Ernesto Tengco, comparecio por el municipiode Sta. Cruz, Laguna, y en la vista celebrada en 30 denoviembre de 1947, comparecio el abogado Sr. Alejandro Sebastian como People's Counsel. En 19 de diciembre de 1945, el abogado Sr. Jacobo Gonzales presento un escritoen nombre de los municipios por los cuales el habia comparecidoen la vista del 7 de noviembre del mismo ano enque se oponia a la aprobacion de la tarifa provisional dela Philippine Power & Development Co.

Dictada la sentencia en 26 de agosto de 1948, el abogado Sr. Gonzales, en representacion de los mismos municipiosya nombrados, presento mocion de reconsideracion, la cualfue denegada.

En 1.° de diciembre de 1948, presento un escrito, enrepresentacion de once recurrentes llamados Eugenio Lirio, Jr., Julieta de Mesa, Santiago Esguerra, Dominador Austin, Pedro Marasigan, Marcial Casunuran, Urbano Opulgencia, Rogasion Calatin, Daniel Pabanill, Rafael Tapiay Arcadio Almeria. A dicho escrito se unieron dos declaracionesjuradas: en la primera (Exh. A) Eugenio Lirio, Jr., y Julieta de Mesa declaran ser pobres; que no tienenninguna propiedad registrada; que son consumidores defluido electricol; y que no tienen recursos para apelarcontra la decision dictada en 26 de agosto; y en la declaracionjurada (Exh. A-2) de otros diez, los declarantesdicen que son consumidores del fluido electrico, que notienen medios para apelar contra la decision irrazonablede la Comision de Servicio Publico; y que autorizan alabogado Sr. Jacobo Gonzales para representarles sin honorarios, adjuntandose un certificado del tesorero municipalde Calamba de que los recurrentes no tienen propiedadesregistradas a su nombre. El abogado Sr. Jacobo Gonzales habia comparecido por los municipios ya nombrados, y nopor estos recurrentes. Ninguno de los que habian comparecidoen las varias vistas celebradas por la Comisionde Servicio Publico presento apelacion.

La cuestion a resolver es si los actuales recurrentes,que no habian comparecido, por si o por medio de abogado,en las varias vistas celebradas ante la Comision tienenderecho a ser oidos hoy ante este Tribunal en un recursode apelacion. Es evidente que no. Aunque fuera ciertoque son consumidores de corriente electrica suministradapor la Philippine Power & Development Co. y que pudiera perjudicarles la nueva tarifa, con todo no pueden tenerel privilegio especial de no comparecer en las actuacionesverificadas ante la Comision de Servicio Publico y depedir luego a este Tribunal, es apelacion, la revocacionde la decision. El articulo 1.° de la Regla 43 dispone que "Dentro de treinta dias desde el aviso de una orden odecision expedida por la Comision de Utilidades Publicas, cualquiera parte agraviada en la misma podra presentar, en la Corte Suprema, una peticion escrita para la revisionde tal orden o decision."

Como estos recurrentes no son partes, no tienen derechoa apelar ante este Tribunal.

SEC. 147. Party or Privy to Action. — Both by the common-law practice and by that obtaining in chancery, a writ of error could beprosecuted or an appeal taken only a party or a privy. This is the rule both in the Federal courts and in those of all the states where the right to an appeal or writ of error is conferred by statute to any party aggrieved. Third persons, no matter howmuch they may be prejudiced by the judgment, decree, or order, cannot obtain its review by appeal or error proceedings. . . . The record should show that the appellant or plaintiff in error wasa party or privy. (2 Am. Jur., 938-940.)

It is a well-settled maxim of the law, that "no person can bringa writ of error to reverse a judgment who is not party or privy to the record." "A writ of error lies when a man is grieved by an error in the foundation, proceeding, judgment, or execution," in a suit. Co. Lit. 288, b; see, also, (Boyle vs. Zacharie, 6 Peters, 655,and cases cited. . . . (Bayard vs. Lombard, [Decision of the U. S. Supreme Court], 13 L. ed., 245.)

Writs of error to remove the judgment of an inferior tribunal to this court are, under the Act of Congress, governed by the principles and usages of the common law. And it is very well settled in all common law courts, that no one can bring up, as plaintiff in a writ of error, the judgment of an inferior court to a superior one, unless he was a party to the judgment in thecourt below; . . . (Payne vs. Niles [Decision of the U.S. Supreme Court], 15 L. ed., 895.)

The petition of Guion was for leave to appeal from a decree ina suit to which he was not a party. We decided in Ex parte Cutting, 94 U.S., 14 (XXIV., 49), that such an appeal could notbe taken. He had applied for leave to become a party, but thisleave was not given. So he is not a party to the decree fromwhich he appeals. (Indiana vs. Liverpool [Decision of the U.S. Supreme Court), 27 L. ed., 895.]

Podian haberd apelado el abogado Sr. Alejandro Sebastian, como People's Counsel, en representacion de todos losconsumidores de fluido electrico; el Sr. Jacobo Gonzales, como abogado del municipio de Calamba y otros; o el Fiscal Provincial en nombre de la provincia de Laguna. Pero todos ellos optaron por no apelar, lo que demuestraque estaban conformes con la decision de la Comision de Utilidad Publica.

Y hoy, los recurrentes, que nunca han intervenido enlas actuaciones de la Comision, piden la revocacion de sudecision. Si se les concediera el privilegio de apelar porel simple hecho de que son consumidores de fluido electrico suministrado por la Philippine Power & Development Co., daria lugar a un precedente completamente contrario alcurso ordinario de los procedimientos: cualquiera de losseis mil abonados de la Philippine Power & Development Co. (o cualquier abonado de cualquier otra fabrica defluido electrico o fabrica de hielo, o cualquiera persona queno estuviese conforme con la tarifa de alguna empresa deutilidad publica) podria acudir a este Tribunal sin exponerantes sus razones ante la Comision. Si los recurrentesno estaban conformes con la aprobacion de la tarifaprovisional propuesta por la Philippine Power & Development Co., debieron de haber comparecido, por si o pormedio de abogado, ante la Comision, que es la entidadencargada de dirimir, en primera instancia, contiendas de tal naturaleza; y puesto que no lo han hecho, no tiennederecho a ser oidos en apelacion por este Tribunal.

Se deniega la solicitud.

Paras, Pres., Feria, Bengzon, Padilla, Tuason, Montemayor, Reyes, Jugo y Bautista Angelo, MM., estan conformes.


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